Tras la declaración de interés social por el Consejo de Gobierno de la CARM se notifica a los afectados sobre la necesidad de expropiación y ocupación para la conservación y restauración del castillo
El Ayuntamiento de Mula en Pleno Extraordinario, por unanimidad de todos los grupos políticos, ha acordado declarar necesaria la expropiación de las tres novenas partes indivisas del castillo de Mula y declarar necesaria la ocupación, para la ejecución de las obras de conservación y restauración del castillo de Mula, de la totalidad de inmueble objeto de expropiación, que incluye la fortaleza completa y sus muros exteriores o albacar.
Del mismo modo establece abrir información pública durante un plazo de quince días en el tablón de anuncios del Ayuntamiento, en el Boletín Oficial de la Región de Murcia y en el Boletín Oficial del Estado, con notificación a los interesados, para que los titulares de derechos afectados por la expropiación puedan realizar las estimaciones que consideren oportunas.
De no producirse reclamaciones se considerará aprobada definitivamente la identificación concreta del bien, y por iniciado el procedimiento expropiatorio, invitándose a los interesados para que propongan un precio que propicie la adquisición por mutuo acuerdo con cargo al presupuesto municipal.
Los trámites para la expropiación del castillo de Mula daban comienzo el 25 de febrero de 2021 tras acuerdo de Pleno y a la espera de que el Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma adoptara acuerdo en el que declarara el interés social respecto al castillo, declaración que se hacía efectiva el pasado 9 de diciembre de 2021.
A partir de este momento se abren los plazos informativos a las partes afectadas sobre la necesidad concreta de ocupar los bienes y adquirir los derechos indispensables para el fin de la expropiación que, de no obtener reclamaciones, se considerará definitivamente aprobada la relación de bienes y sus titulares.
El Ayuntamiento de Mula es dueño del 66,66 por ciento del castillo de Mula. De ese 66,66 por ciento hay una veintisieteava parte indivisa pendiente de la correspondiente aprobación judicial para poder ser inscrita en el Registro de la Propiedad. La declaración de Interés Social permite tramitar el correspondiente procedimiento expropiatorio respecto de las cuotas de propiedad del castillo que no pertenecen al Ayuntamiento, tres novenas partes pertenecientes a propietarios privados, por incumplimiento de los deberes de conservación y rehabilitación del castillo.