La Concejalía de Festejos convoca el Premio cartel «Fiestas de San Isidro» 2022 – hasta el 28 de abril

BASES

PRIMERA. Podrán participar todas aquellas personas que lo deseen mayores de 16 años.

SEGUNDA. El tema estará relacionado con las Fiestas de San Isidro.

Los originales podrán confeccionarse con libertad de procedimiento (pintura, fotografía, collage, montaje fotográfico, soporte informático, etc.).

No llevará texto alguno, salvo a criterio del autor/a, en cuyo caso presentará dos carteles iguales: uno con texto y otro sin él. El texto, en su caso, se referirá exclusivamente a FIESTAS DE SAN ISIDRO 2022. MULA

Modalidad presentación de trabajos:

1.- Los carteles se podrán presentar en soporte rígido (Medidas de los carteles 50 x 70 cms., en formato vertical)

2.- Los carteles se podrán presentar en soporte informático mediante CD, pen o tarjeta de memoria.

3.- Se pueden presentar ambas modalidades conjuntamente (cartel rígido y soporte informático) de un mismo trabajo y plica.

TERCERA. Se establece un premio de 500 €.

CUARTA. El plazo de presentación de los trabajos finaliza el día 28 de abril de 2022, a las 13 horas, y serán entregados o enviados a la siguiente dirección: Excmo. Ayuntamiento de Mula.

Concejalía de Festejos. Plaza del Ayuntamiento, 8 – 30170  MULA  (Murcia).

QUINTA. Las obras se presentarán sin firmar.

El cartel o el soporte informático llevarán escrito un seudónimo al dorso e irán acompañados de un sobre cerrado, figurando en su exterior solamente el seudónimo y en su interior contendrá fotocopia del DNI del autor, teléfono y correo electrónico.

SEXTA. El Jurado estará compuesto por profesionales del mundo del Arte y del Diseño, y su fallo será inapelable. El cartel premiado será el anunciador de las Fiestas de San Isidro 2022. El Jurado podrá declarar el premio desierto.

SÉPTIMA. La obra premiada quedará en propiedad del Ayuntamiento, que se reserva el derecho de utilizarlo para los fines que considere oportunos, notificando siempre el nombre del autor, quien al aceptar el premio renuncia a cualquier derecho que se pudiera derivar de ella.

Las obras no premiadas podrán ser retiradas por sus autores hasta el día 31 de mayo de 2022. Transcurrido este plazo sin que hayan sido recogidas las obras no premiadas, se entenderá que los autores renuncian a las mismas y el Ayuntamiento de Mula podrá disponer libremente de ellas, sin reconocer derechos de reclamación o indemnización de ninguna clase.

OCTAVA. El Ayuntamiento de Mula no se hace responsable de los extravíos o daños que puedan sufrir las obras presentadas a concurso en su transporte. Los gastos de envío o devolución de éstas serán por cuenta del concursante.

NOVENA. El autor/a de la obra ganadora deberá suscribir documento de autorización al Ayuntamiento de Mula para la difusión de su obra en los siguientes términos; “La presente autorización es completamente gratuita, y me comprometo a no reclamar ninguna compensación, y/ o pago, y /o reembolso, y/o indemnización a cambio del permiso concedido. Las imágenes podrán ser usadas para: Difusión de las actividades en la página web, blog y redes sociales, Uso interno en memorias y proyectos, Fotografías para periódicos, revistas o publicaciones de ámbito local, comarcal, nacional o internacional”.

DÉCIMA. La participación en este concurso implica la total aceptación de las presentes bases.

De conformidad con lo dispuesto en el Reglamento (UE) 2016/679 relativo a la protección de los datos personales de las personas físicas (RGPD) y Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Vd. da su consentimiento para el tratamiento de los datos personales aportados a través de su inscripción en el Concurso

CARTEL FIESTAS DE SAN ISIDRO 2022

INFORMACIÓN ADICIONAL SOBRE PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL

  Responsable del tratamiento Ayuntamiento de Mula

Dirección: Plaza del Ayuntamiento, 8, Mula, 30170, (Murcia)

CIF: P3002900C

Domicilio del responsable

Correo electrónico: dpd@aytomula.es

Teléfono: 968637510

Usted puede contactar con el delegado de protección de datos (DPD) mediante:

  Delegado de protección de datos Correo electrónico: dpd@aytomula.es

Correo ordinario: carta dirigida al DPD – Plaza del Ayuntamiento, 8, Mula, 30170, (Murcia)

  Finalidad Inscripción en eventos organizados por la Concejalía de Festejos

Los datos serán conservados durante el periodo establecido por el tratamiento, la legislación aplicable y los

Conservación de datos   requerimientos aplicables a la conservación de información por parte de la Administración Pública.

Actualmente el Ayuntamiento de Mula no tiene previsto un plazo de supresión de datos.

Legitimación   Consentimiento del interesado.

Acceso, rectificación, supresión, oposición, portabilidad, limitación del tratamiento y revocación del consentimiento, tal y como se explica en la información adicional. Así mismo, puede dirigirse a la Agencia Española de Protección de Datos, para reclamar sus derechos.

Para su ejercicio, tiene que dirigir una solicitud, presentada presencialmente, electrónicamente o remitida por correo ordinario, en el Ayuntamiento de Mula, Plaza del Ayuntamiento, 8, Mula, 30170, (Murcia), dirigida al “Delegado de Protección de Datos”. La solicitud también puede ser remitida mediante instancia en Sede Electrónica o cualquier otro medio dispuesto en el art.16 de la Ley 39/2015  de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Así mismo puede presentar la misma a través del correo electrónico dpd@aytomula.es

Derechos

En todos los casos, el Ayuntamiento tiene que verificar su identidad como titular de los datos, por lo cual se tiene que incluir copia o referencia de un documento vigente acreditativo de su identidad (DNI, NIE, Pasaporte). Para esta verificación, el  Ayuntamiento ejercerá su potestad de verificación recogida en la disposición adicional octava de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales

En caso de actuar como representante de la persona interesada, tiene que acreditarse fehacientemente el poder de representación otorgado por esta. 

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